La confianza con en tu asesor financiero, un valor fundamental.

¿Sabías que las pérdidas o ganancias generadas por la venta de una vivienda o de una empresa se puede compensar con las ganancias o pérdidas del reembolso con participaciones en fondos de inversión o acciones?

Tanto acciones como participaciones en fondos de inversión, como propiedades inmobiliarias, forman parte del grupo “Ganancias y pérdidas Patrimoniales” en la Base Imponible del Ahorro, a la hora de realizar la declaración de la Renta. Las ganancias y pérdidas generadas en estas tres partidas son compensables entre sí y constituyen una magnífica herramienta para la optimización del pago de impuestos. En el caso de las pérdidas patrimoniales, además, existe la posibilidad de compensarlas con ganancias durante los siguientes cuatro ejercicios fiscales.

Si durante un año fiscal has realizado un movimiento en tu patrimonio, contacta con tu asesor y házselo saber, por si puedes aminorar la carga tributaria (algo que también puede afectar a ejercicios posteriores, tal es el caso de las pérdidas patrimoniales compensables en los cuatro ejercicios posteriores).

Además, en Gipuzkoa siguen vigentes los coeficientes actualizadores de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales, que corrigen el efecto de la inflación sobre la variación patrimonial mediante la actualización del precio de adquisición.

Y por si fuera poco, es necesario tener en cuenta la traspasabilidad entre fondos de inversión, que permiten trasladar participaciones de un vehículo a otro sin tributación.

Todo esto convierte a los Fondos de Inversión en grandes instrumentos para la Planificación Financiera y la confianza con tu asesor financiero en fundamental, porque le permitirá integrar decisiones aparentemente independientes en instrumentos para la minoración de la carga tributaria.

¿Lo sabías?